Todo lo que necesitas saber
La normativa ErP y la normativa ELD son las leyes principales que la Unión Europea ha emitido en favor del diseño ecológico y la eficiencia energética de los equipos. Revertir el cambio climático es el problema más apremiante que enfrenta hoy la civilización en nuestro planeta. Es el tema que vuelve secundarios los demás temas y es lo principal que hay que remediar cuanto antes. La reducción significativa de las emisiones de gases con efecto de invernadero a la atmósfera encabeza cualquier agenda, y es sabido que los sistemas de calefacción (incluso los del sector doméstico) son una de las principales fuentes de gases contaminantes. En este artículo hablaremos sobre los detalles principales y las implicaciones de la normativa ErP y la normativa ELD. También te facilitaremos enlaces a las leyes oficiales, para que puedas consultar su contenido siempre que lo necesites.
La normativa ErP (siglas en inglés de Energy Related Products; en español: Directiva Europea Ecodesign) es una directiva que entró en vigor el 26 de septiembre de 2018 en todos los países miembros de la Unión Europea, luego de haberse aprobado en 2015. Su objetivo es establecer de forma general los requisitos ecológicos de diseño y funcionamiento de los equipos que utilizan energía. Cada país también tiene leyes particulares sobre esto. En el caso de España es el R.I.T.E.
La directiva ErP tiene un fuerte enfoque en la sostenibilidad y la ecología. Dice: “Los productos relacionados con la energía representan una gran proporción del consumo de recursos naturales y de energía en la Comunidad y tienen otros impactos importantes en el medio ambiente. En la mayoría de las categorías de productos disponibles en el mercado comunitario pueden observarse diferentes grados de impacto medioambiental, aunque proporcionan un rendimiento funcional similar. En interés del desarrollo sostenible, debe fomentarse la mejora continua del impacto medioambiental general de estos productos, especialmente mediante la determinación de las principales fuentes de impacto medioambiental negativo y evitando la transferencia de contaminación, cuando dicha mejora no suponga costes excesivos.
Y acerca del potencial de ahorro y eficiencia de algunos equipos, comenta la directiva ErP: “Muchos productos relacionados con la energía tienen un importante potencial de mejora para reducir las consecuencias medioambientales y conseguir ahorrar energía gracias a un mejor diseño que también genera un ahorro económico para las empresas y los usuarios finales”.
Específicamente para el caso del tema que nos ocupa, la directiva ErP se encarga de regular el mercado de los equipos productores de calor, calderas y depósitos de agua caliente sanitaria, y orientarlo hacia el máximo de eficiencia energética. La directiva ErP considera la calefacción tanto fuente importante de emisiones contaminantes como renglón con alto potencial de reducción de las mismas, por lo que ha legislado claramente refiriéndose a estos “productos sobre los que el PECC haya determinado que ofrecen un elevado potencial de reducción rentable de emisiones de gases de efecto invernadero, como los equipos de calefacción y de producción de agua caliente”.
La normativa ErP se implementó por completo en 2018, pero tuvo 3 fases:
De esta última fecha en adelante, sólo se permite la comercialización de quipos que cumplan con las normativas ErP, para lo cual se requiere un riguroso sistema de etiquetado. Mientras que la directiva ErP regula el diseño eficiente de equipos y accesorios consumidores de energía, es la directiva ELD la que regula el etiquetado de los mismos.
Así pues, el objetivo de la directiva ELD consiste en crear y normalizar estándares que permitan marcar y dar promoción destacada a los equipos que cumplan con los requisitos de ecodiseño establecidos por la normativa ErP. La normativa ELD se expresa mediante un típico sistema de etiquetas con diagramas de colores y categorías. Veamos esto con un poco de detalle.
El sistema de etiquetado ELD se basa en colores asignados a los distintos niveles de eficiencia energética. Para los equipos más eficientes se establecen el color verde y la letra A, y para los equipos menos eficientes se establecen el color rojo y la letra G. Estos son los dos extremos, y entre los dos hay diversos grados intermedios de colores y letras.
Según la propia normativa: “El formato de la etiqueta mantendrá como base una clasificación que utilice las letras A a G; los diferentes grados de la clasificación corresponderán a ahorros de energía y coste importantes desde el punto de vista del usuario final. Se podrán añadir a la clasificación otras tres clases adicionales cuando los avances tecnológicos así lo exijan. Estas clases adicionales se denominarán A+, A++ y A+++, siendo esta última la clase más eficiente... La gama de color estará formada como máximo por siete colores, que irán del verde oscuro al rojo. El código de color solo de la clase más elevada será siempre el verde oscuro. En caso de que haya más de siete clases, solo podrá repetirse el color rojo”.
La normativa ELD busca establecer códigos claros de comunicación en términos de ecodiseño y eficiencia energética entre el fabricante, el consumidor, y el técnico instalador o reparador. El instalador tiene la misión de, basándose en el etiquetado de los equipos y accesorios, calcular casuísticamente la eficiencia energética del conjunto y mantenerla dentro de los términos establecidos.
La normativa de etiquetado se subdivide en dos lotes: lote 1 y lote 2. El lote 1 es para clasificar los equipos de sólo calefacción (calderas, bombas de calor y equipos de cogeneración), y el lote 2 es para clasificar equipos que incluyan agua caliente sanitaria (calentadores y acumuladores).
A la etiqueta que establece la categoría de eficiencia con códigos de letra y color (etiqueta energética del equipo), es obligatorio sumar una etiqueta que haga visible para el comprador consumidor la ficha energética detallada del equipo.
La directiva ErP directamente no prohíbe la fabricación de determinados tipos de equipos de calefacción y agua caliente sanitaria, pero de manera indirecta, a través de estrictos estándares de eficiencia energética, deja fuera la fabricación y comercialización de equipos con determinadas tecnologías de calefacción. En el mercado es de uso obligatorio en los equipos comercializados la ya comentada “etiqueta energética” basada en la directiva ELD. Dicha directiva deja bien clara la importancia del correcto etiquetado en relación con el mercado:
“La información desempeña un papel fundamental en el funcionamiento de las fuerzas del mercado y, a este respecto, es preciso introducir una etiqueta uniforme para todos los productos de un mismo tipo, proporcionar a los compradores potenciales una información complementaria normalizada en relación con el coste energético y el consumo de otros recursos esenciales por parte de estos productos, y tomar medidas para que esas informaciones sean proporcionadas también a los usuarios finales potenciales que no vean expuesto el producto y no tengan, por consiguiente, la posibilidad de ver la etiqueta. Para ser eficaz y tener éxito, la etiqueta debe ser fácilmente reconocible para el usuario final, simple y concisa. A tal fin, debe mantenerse el formato actual de la etiqueta como base para informar a los usuarios finales de la eficiencia energética de los productos. El consumo de energía y los demás datos sobre los productos han de medirse siguiendo normas y métodos armonizados.”
Técnicamente hablando las empresas ya no deben fabricar calentadores ni calderas de tecnología atmosférica, si bien eso no significa que los usuarios que ya tengan instalados calderas o calentadores de este tipo deban comprar nuevos equipos estancos o de condensación. Se sugiere que así lo hagan, pero no es una obligación. En nuevas instalaciones sí se exige como mínimo equipos de bajo NOx, principalmente en el área residencial.
En rigor, los únicos equipos que es legal fabricar son los de bajo NOx, los equipos con tecnología estanca y de condensación. De este modo la normativa ErP de forma indirecta sí determina la fabricación, comercialización y utilización de equipos de calefacción que no garanticen mínimos niveles de emisión de contaminantes.
ErP: Texto oficial de la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (PDF)
ErP: Texto oficial de la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (Online)
ELD: Texto oficial de la Directiva 2010/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (PDF)
R.I.T.E.: Texto oficial del Real Decreto 1027/2007
Texto oficial del Real Decreto 187/2011 (PDF)